Cupos contrapartida Fondo EPM - Sapiencia
Si tu matrícula académica excede el valor que te otorga el Fondo EPM - Sapiencia, puedes postularte del 5 al 25 de junio de 2023 para que la IUSH te cubra dicho excedente. Revisa los requisitos y postúlate:
- Diligenciar el formulario de postulación, haciendo clic aquí.
- El estudiante que se postule debe ser beneficiario del Fondo EPM – Sapiencia.
- El porcentaje del valor de la contrapartida equivaldrá al excedente del costo de la matrícula que cubre el Fondo EPM - Sapiencia.
- El estudiante debe obtener un promedio acumulado en el semestre de 3.5 con mínimo 10 créditos matriculados.
- No tener procesos disciplinarios en la IUSH.
- Estar a paz y salvo por todo concepto con la Universidad.
- El cubrimiento del excedente de la matrícula aplica para educación tecnológica y profesional de todos los programas académicos que ofrece la Institución.
- La Vicerrectoría Administrativa y Financiera se reserva la información sobre los procesos de análisis, selección y otorgamiento de los cupos de contrapartidas, según los cupos que la Institución asigna por programa.
- El cubrimiento del excedente, no es acumulable con otras que sean otorgadas por la Institución.
- Si el estudiante ha cursado el mayor número de créditos del programa, no es aplicable el requisito de los 10 créditos matriculados.
- El estudiante no debe ser beneficiario de otro tipo de beca institucional o empresarial.
- Fotocopia de los servicios públicos.
- Solicitud motivada con plena identificación del estudiante (carta por escrito exponiendo por que amerita ser beneficiado del cupo de contrapartida Fondo EPM - Sapiencia).
- Anexar documentación de evidencia sobre la dificultad que manifiesta, esta debe estar motivada por las siguientes causas:
- Pérdida de empleo (carta terminación de contrato o copia de la liquidación de prestaciones sociales)
- Disminución de salario (carta de la empresa donde certifique dicha disminución)
- Suspensión temporal de ingresos económicos (carta de la empresa donde certifique dicha suspensión)
- Enfermedad grave (certificado de incapacidad medica)
- Cese de actividades comerciales (entregar certificado vigente de cámara de comercio y carta de contador público donde certifique el cese de actividades o disminución de ingresos)























